Constituciones Primera Constitución. Después de proclamada la Independencia, la primera Constitución que rigió en Yucatán fue la de Cádiz del 19 de marzo de 1812, según decreto expedido por el Congreso Constituyente instalado el 20 de agosto de 1823, en tanto que sus 23 integrantes se dieron a la tarea de redactar la primera Ley Fundamental del Estado. El Congreso, bajo la presidencia de José María Quiñones, y actuando como secretarios Pedro José Guzmán y Manuel Jiménez, promulgó el 6 de abril de 1825 la primera Constitución Política del Estado Libre de Yucatán, que constó de 237 artículos divididos en 24 capítulos. En ella se estableció que el estado de Yucatán era republicano, popular, representativo y federal. Al igual que la Constitución Española de Cádiz, la de Yucatán se inició con el nombre de Dios Todopoderoso. Dio preponderancia al legislativo sobre el ejecutivo y el judicial e impulsó un proceso de elección popular indirecto. En ella, por primera vez, fueron mencionados los derechos humanos, que posteriormente aparecieron en las constituciones federales de México como «garantías individuales». Sin embargo, la Constitución no pudo ser observada debido a dos golpes centralistas, el primero jefaturado por el coronel Juan Segundo Carvajal (1829) y el segundo encabezado por el general Francisco de Paula Toro (1834), con los que Yucatán perdió su soberanía y quedó sometido al gobierno central.
Segunda Constitución. Se sancionó el 31 de marzo de 1841, siendo presidente del Congreso Constituyente Andrés Ibarra de León, y entró en vigor el 16 de mayo del mismo año. Se le considera como su principal autor a Manuel Crescencio Rejón. Redactada en 80 artículos y tres transitorios, estableció la elección directa, el bicamarismo (diputados y senadores) y la libertad de creencias.
Tercera Constitución. Fue decretada y sancionada el 16 de septiembre de 1850. Los diputados Manuel González, Pablo Lanz, Manuel Alonzo Peón, Vicente Solís Rosales y José María Vargas integraron la comisión especial de reformas encargada de redactar el proyecto. Esta Constitución se basó en la de 1825, aunque realmente se limitó a reformarla tomando en cuenta la situación general de la época, y aprovechó algunos elementos de la Constitución de 1841. Constó de 59 artículos y en el primero se instituyó que Yucatán «es parte integrante de la nación mexicana conforme a los principios del pacto federal». Conservó la división de poderes y el bicamarismo y depositó el poder del Congreso en dos cámaras colegisladoras. Asimismo, volvió a instituir la elección popular indirecta y suprimió el juicio de amparo, por lo que se considera que esta Constitución experimentó un retroceso en materia de garantías individuales y políticas.
Cuarta Constitución. Fue decretada por el Congreso el 21 de abril de 1862 y promulgada el 25 de abril, durante la gestión del gobernador provisional, Liborio Irigoyen. Constó de 114 artículos y tomó como base los derechos garantizados en la Constitución Federal de 1857, aunque su texto coincidió en gran parte con la Constitución local de 1850. Las modificaciones más notables fueron que la religión católica dejó de ser oficial en el estado y se estableció la libertad de credos; Campeche quedó excluido del territorio de Yucatán y el bicamarismo fue desechado, depositándose el ejercicio de este poder en una asamblea denominada Legislatura Constitucional del Estado de Yucatán.
Nuevamente se estableció la elección popular directa y el jefe del ejecutivo estatal redujo su período de cuatro a dos años, con la prohibición de ser reelecto para el período inmediato. Esta Constitución se suspendió con el establecimiento del imperio de Maximiliano de Habsburgo, pero entró en vigor otra vez a la caída del mismo. Es el antecedente directo de la actual Constitución y muchas de sus disposiciones, con ligeras variantes, aún están vigentes en el estado. Sufrió diversas reformas y modificaciones durante el tiempo que estuvo en vigor. El 21 de enero de 1870, el vicegobernador Manuel Cirerol sancionó el texto constitucional que aprobó modificaciones tales como la división del territorio estatal en nuevos partidos y el restablecimiento de los períodos gubernamentales de cuatro años. También el gobernador Olegario Molina promovió reformas.
Quinta Constitución. Con base en las normas establecidas en la Constitución General de la República, promulgada el 5 de febrero de 1917 en la ciudad de Querétaro, el Congreso Constitucional del Estado redactó la quinta Constitución de Yucatán, que a la fecha nos rige.
El 14 de enero de 1918, el Congreso local, presidido por Héctor Victoria Aguilar, diputado constituyente considerado el fundador del derecho social por sus aportes al Artículo 123, instruyó su redacción, siendo sancionada por la Vigesimoquinta Legislatura, ese mismo año y considerada en aquella época como «la más liberal y la más avanzada de todas las constituciones de los pueblos modernos». Entre los diputados que la decretaron se encontraban Felipe Carrillo Puerto, Pedro Solís Cámara, Arturo Sales Díaz, Santiago Burgos Brito, Manuel Berzunza y Diego Hernández Fajardo. Fue sancionada por el general Salvador Alvarado. Consta de 109 artículos contenidos en 11 títulos.