Diputados (a Cortes)

Diputados (a Cortes)  En 1810 se eligió al representante de la provincia de Yucatán ante las Cortes de Cádiz para participar en los debates que condujeron a la promulgación de la Constitución Política de la monarquía española. El gobernador Benito Pérez Valdelomar, a fines de agosto de ese año, implementó el cumplimiento de la Real Orden, que llegó a su conocimiento a través de la Real Audiencia Gobernadora de Nueva España. Pérez Valdelomar encomendó la elección del representante al Ayuntamiento de Mérida, el cual designó a Miguel González y Lastriri.

El 31 de agosto se le extendió un poder ilimitado para desempeñar las funciones de su nombramiento. Permaneció en las Cortes un año y medio (1811-1812), participando en las deliberaciones, hasta que la Constitución fue aprobada el 11 de marzo de 1812 y regresó a Yucatán en julio de ese año trayendo consigo siete ejemplares. De inmediato se dio a la tarea de convencer al nuevo gobernador de la provincia, Manuel Artazo, para publicar oficialmente la Carta Magna, aun cuando se careciera de la Real Orden para hacerlo. Tras numerosas reticencias, finalmente el 6 de octubre, Artazo firmó el bando para anunciar la publicación de la Constitución, señalándose el 14 de octubre como el día de su proclamación. Inmediatamente se iniciaron las presiones sobre el gobernador para el cumplimiento de ésta en toda la provincia, objetivo que se logró el 27 de octubre de 1812. Por una parte, los rutineros se opusieron a su aplicación y por otra, Los Sanjuanistas se convirtieron en sus principales promotores. Una de las primeras medidas fue constituir la Diputación Provincial, institución creada a partir del nuevo régimen constitucional, así como reorganizar el Ayuntamiento para que admitiera las normas emanadas de la Constitución. En las elecciones para establecer la Diputación Provincial triunfaron los candidatos de los rutineros. El 30 de marzo de 1813 se llevaron a cabo las elecciones indirectas en Mérida para nombrar a los diputados que concurrirían a las Cortes de Cádiz en representación de la provincia, de acuerdo al sistema de elecciones adoptado por la Constitución Española de 1812. Conforme a sus prescripciones se procedió al nombramiento de electores parroquiales y de partido, quienes designaron como diputados propietarios a José Martínez de la Pedrera, Ángel Alonso Pantiga, Pedro Manuel de Regil, Eusebio Villamil, Juan Rivas Vértiz, Juan Nepomuceno de Cárdenas y José Miguel de Quijano. Como suplentes fueron nombrados Raimundo Pérez y Diego Solís. Ese mismo día, una delegación de los diputados electos se reunió con Manuel Artazo para que les otorgara el poder con el que pudieran cumplir y desempeñar sus funciones y para que, junto con los demás representantes de la nación española, pudieran acordar y resolver lo que condujera al bien general de la nación, sin poder derogar, alterar o variar de alguna manera los artículos de la Constitución, bajo ningún pretexto. Los diputados no pudieron viajar a España por falta de recursos económicos. Fernando VII retornó al absolutismo y por decreto de 4 de mayo de 1814, desconoció la labor de las Cortes de Cádiz y, en consecuencia, la Constitución Política de la Monarquía Española. Sin embargo, en 1820, el rey aceptó nuevamente la Constitución, misma que fue jurada por segunda ocasión en todas las provincias. Su entrada en vigor implicó la restitución del Ayuntamiento Constitucional y de la Diputación Provincial de 1814, mientras se procedía a nuevas elecciones. A mediados de ese año, se verificó la elección de diputados a Cortes, siendo designados Lorenzo de Zavala, Pedro Sainz de Baranda, José Basilio Guerra, Miguel Duque de Estrada, Manuel García Sosa y Manuel López Constante. De ellos, sólo tres viajaron a España para desempeñar sus funciones.

.